Tu colaboración con UNICEF tiene todavía más ventajas.

Tu compromiso con la infancia se convierte en mayores beneficios fiscales desde el 1 de enero de 2024. ¡Descúbrelos!

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*La información facilitada es meramente orientativa, siendo responsabilidad exclusiva del usuario analizar su situación fiscal y otras circunstancias que pudieran condicionar el resultado obtenido. Más información

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Deducción y desgravación de donaciones a UNICEF

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Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a UNICEF España te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta.

Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2024 a favor de UNICEF España, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
Personas Físicas (IRPF)Porcentaje de deducción
Primeros 250€80%
Resto a partir de 250€ 40%
Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales* 45%
Límite deducción base liquidable10%
*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
** Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
Personas Jurídicas (IS)Porcentaje de deducción
Donaciones en general40%
Donaciones plurianuales*50%
Límite deducción base imponible**15%

Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en  https://sede.agenciatributaria.gob.es/

¿Cómo hago para que mis donaciones a UNICEF aparezcan automáticamente en el borrador de la Renta?

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.

Por favor, si aún no lo has hecho, facilítanos estos datos:

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/

 

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puedes desgravar hasta el 80% de tus donaciones

Y si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos tu compromiso tiene aún más ventajas fiscales

Por ejemplo, donando 300€ al año

Los dos primeros años

Hasta 250€80%Beneficio fiscal 200€

250€ en adelante40%Beneficio fiscal 20€

El total de tu beneficio fiscal sería de 220€

A partir del tercer año

Hasta 250€80%Beneficio fiscal 200€

250€ en adelante45%Beneficio fiscal 22,5€

El total de tu beneficio fiscal sería de 222,5€

Más información

puedes desgravar hasta el 50% de tus donaciones

Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos tu compromiso tiene aún más ventajas fiscales

Por ejemplo, donando 1.500€ al año

Los primeros dos años

Desgravarías40%del total

El total de tu beneficio fiscal sería de 600€

A partir del tercer año

Desgravarías50%del total

El total de tu beneficio fiscal sería de 750€

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