Sobres de alimento terapéutico

9 sobres de alimento terapéutico

2,93

El alimento terapéutico es clave para luchar contra la desnutrición infantil. Está compuesto por una base de cacahuete con alto valor proteico y, al no necesitar agua, los niños pueden tomarla en cualquier situación. Con este Regalo Azul, UNICEF podrá enviar 9 sobres de alimento terapéutico en tu nombre a donde más se necesite.

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La solución más eficaz para tratar la desnutrición infantil

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Regalo Azul - Tarjeta Digital
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Adut, 15 meses

El alimento terapéutico
la ayudó a superar la desnutrición aguda grave

Regalo Azul

Regalo Azul es un donativo que puedes desgravar

Como cualquier otro tipo de colaboración, puedes recuperar hasta un 80% de tu donación

Tu donación es concreta y tangible

Elige los suministros que prefieras y UNICEF los enviará a los niños que más los necesiten

Regalo Azul

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Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2024 a favor de UNICEF España, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
Personas Físicas (IRPF)Porcentaje de deducción
Primeros 250€80%
Resto a partir de 250€ 40%
Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales* 45%
Límite deducción base liquidable10%
*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
Personas Jurídicas (IS)Porcentaje de deducción
Donaciones en general40%
Donaciones plurianuales*50%
Límite deducción base imponible**15%
  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/
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Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/