La RSC y UNICEF
Los niños son uno de los principales grupos de Interés de las empresas: son consumidores, hijos de empleados, jóvenes trabajadores, miembros de la comunidad donde operan, futuros empleados y dirigentes de empresas.
Las empresas tienen un gran potencial para proteger y promover los derechos de los niños a través de su actividad, pero también pueden provocar daños irreversibles ligados a su impacto en el medioambiente, a las condiciones en las que emplean a sus padres, a la seguridad de los productos que comercializan y a la manera en que los publicitan.
En UNICEF trabajamos para que las empresas identifiquen el impacto de su actividad en la infancia e incorporen, en el marco de su Responsabilidad Social Corporativa (RSC), su compromiso con el respeto y apoyo a los derechos de los niños.
La RSC y UNICEF
Preguntas Frecuentes
No, UNICEF tiene una política muy estricta en cuanto a la donación de regalos en especie, debido a las muchas implicaciones que pueden surgir. La gestión de proveedores y compras de UNICEF Internacional se realiza de forma centralizada desde nuestra Central de Suministros situada en Copenhague, según determinados procedimientos y especificaciones. UNICEF España no interviene en dichos procesos. En la página web www.unicef.org, está publicada la información y requisitos necesarios relativos a la gestión de suministros, incluidos los pasos para acceder a los procesos de selección de proveedores, a través de la web de United Nations Global Marketplace.
La utilización del logo de UNICEF debe estar sujeta siempre a determinados términos y condiciones impuestos por UNICEF. Asimismo, siempre debe usarse bajo previo consentimiento de la organización. En caso de uso sin autorización, UNICEF podrá solicitar la retirada del mismo de cualquier soporte online u offline y no avalará la supuesta colaboración.
En marzo o abril
Según la modalidad de colaboración:
Las donaciones corporativas que se realicen sin convenio de colaboración serán declaradas a hacienda y las entidades colaboradoras recibirán un certificado fiscal por parte de UNICEF.
Las donaciones que se realicen a través de un convenio de colaboración tendrán que ser declaradas por la entidad como gasto deducible y no recibirán un certificado fiscal por parte de UNICEF.
Para 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de UNICEF España, como Entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:Donaciones en general 35% 35%.
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * 37,5% 40%.
Límite deducción base liquidable 10% 10%.
Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
Si resides en una Comunidad Autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
Estamos a tu disposición para resolver cualquier petición
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