¿Qué es un testamento? Significado y concepto

Descubre para qué sirve el testamento, quiénes pueden ser testadores y qué es el albacea. Te invitamos a conocer la importancia de hacer testamento.

Dos personas mayores viendo al horizonte
© UNICEF
Dos personas mayores viendo al horizonte
© UNICEF
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¿Cuál es la función del testamento?

La principal función del testamento es la de establecer los parámetros por los cuales se va a regir la sucesión de una persona, es decir, las instrucciones dejadas por el testador respecto de su patrimonio para después de su fallecimiento. A través del testamento, una persona establece una serie de directrices respecto de sus bienes: las personas destinatarias, la forma y la proporción de su adjudicación, etc.

¿Por qué conviene hacer testamento?

Solo mediante un testamento nos podremos asegurar de que se cumple nuestra voluntad y nuestros deseos respecto de la herencia que dejamos.

Por ello, siempre es conveniente otorgar testamento pues, de lo contrario, será la ley quien decidirá el orden y la forma de suceder, pudiendo ser totalmente contraria a los deseos del fallecido.

¿Cuál es la validez de un testamento?

El testamento siempre es revocable, es decir, no es algo que no podamos deshacer. Todo lo contrario, una persona podrá realizar a lo largo de su vida tantos testamentos como considere convenientes, pudiendo adaptarlos, si lo cree necesario, a las diferentes circunstancias que pueda atravesar en la vida.

Asimismo, otorgar testamento es un procedimiento muy sencillo y económico. Su coste aproximado es de unos 40€ su tramitación en notaría resulta fácil y ágil.

¿Cuáles son las partes de un testamento?

¿Quién es el testador?

El testador es aquella persona que realiza el testamento, estableciendo las personas que participarán de su herencia y la forma y proporción en que se adjudicarán su patrimonio.

La principal limitación del testador para disponer de sus bienes en testamento viene determinada por la propia Ley, que establece una serie de normas dirigidas a proteger los derechos de los herederos forzosos. Es lo que se conoce como “legítimas”.

¿Quiénes pueden ser testador y quienes no?

El Código Civil establece que pueden otorgar testamento todas las personas físicas, exceptuando los siguientes casos que prohíbe la ley:

  • Personas jurídicas.
  • Menores de 14 años.
  • Aquellas personas que no se encuentren en pleno uso de sus facultades mentales.

Asimismo, debemos recordar que se trata de un acto personalísimo por lo que no se puede delegar ni autorizar a otra persona.

¿Quién es el albacea ?

El albacea es aquella persona nombrada por el testador en su testamento. Sus funciones serán las de asegurar el cumplimiento de la última voluntad del testador y custodiar y proteger su patrimonio hasta su efectiva adjudicación entre sus herederos.

La figura del albacea puede ser muy relevante en la herencia y reportar grandes beneficios a quien la utiliza, sobre todo en herencias complejas en las que hay un patrimonio muy importante o/y numerosos herederos y legatarios.

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Suele ser una persona de confianza del testador, normalmente abogado o con conocimientos legales.

El testador puede nombrar a una o varias personas como sus albaceas y otorgarles tantas facultades como considere convenientes, así como las instrucciones que sean precisas para el desempeño de su cargo. De esta forma, el albacea puede llegar a tener poderes absolutos sobre la masa hereditaria, interviniendo, incluso, en la venta y realización de los bienes para su posterior reparto y adjudicación a los herederos. El albacea puede ser:

  • Particular: Su cargo se limita a un bien concreto de la herencia.
  • Universal: Cuando su cargo afecta a toda la herencia

Se trata de un cargo voluntario, por lo que se podrá renunciar en el plazo legamente establecido.

En principio, y tal y como establece la Ley, el albaceazgo es un cargo gratuito (salvo en algunos derechos forales) ello, sin perjuicio del derecho que les asiste para cobrar lo que les corresponda por los trabajos de partición u otros facultativos. En cualquier caso, suele ser habitual que el testador establezca una remuneración específica en el propio testamento.

¿Quiénes pueden ser albacea?

Pueden ser albaceas todas aquellas personas físicas, mayores de edad no incapacitadas.

Lo más habitual, y recomendable, es que sean personas de confianza del testador y preferiblemente, expertos en derecho o, al menos, con conocimientos jurídicos suficiente para el desempeño de las funciones inherentes al cargo.

¿Qué pasa si no se abre testamento?

Puede darse el caso de que una persona fallezca sin testamento, ya sea porque no ha querido otorgarlo, o porque haya sido declarado nulo.

En esta situación, es la Ley que la que establece qué parientes heredarán y en qué forma y proporción. Es lo que se denomina sucesión intestada o ab intestato.

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Es decir, la Ley suplirá la falta de testamento y establecerá, ya sea por derecho común o legislación foral, quiénes serán las personas llamadas para heredar.

Para llevar a cabo lo anterior, deberá otorgarse previamente la correspondiente Declaración de Herederos Abintestato. Se trata de un procedimiento realizado ante Notario mediante el cual se determina quiénes son los herederos del fallecido. Este documento sustituye al testamento y posibilita el reparto y adjudicación de la herencia.

Mujer firmando un documento
© UNICEF
Mujer firmando un documento
© UNICEF
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¿Cuál es la importancia de un testamento?

El hecho de hacer o no testamento determinará la forma en la que tendrá lugar tu sucesión.

La sucesión testada, es decir, habiendo otorgado testamento, es sin duda la mejor opción, ya que de esta manera el testador decide el futuro de sus bienes, derechos y obligaciones.

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Cabe destacar que el contenido de un testamento no solo es esencialmente patrimonial, sino que existe la posibilidad de que se recojan manifestaciones de otra naturaleza como puede ser el reconocimiento de hijos o el destino de determinados documentos personales. Además, se puede limitar la posesión o disponibilidad de los bienes como, por ejemplo, prohibir a un heredero que disponga de los bienes hasta que alcance una edad determinada.

En caso de no hacer testamento, los bienes, derechos y obligaciones del fallecido ya no se transmitirán según su voluntad, sino que dependerá de la ley.

¿Qué pasa si una persona muere y no deja testamento?

En caso de que una persona fallezca sin haber otorgado testamento, la ley determinará quienes serán y su orden de preferencia, lo que se conoce como orden a suceder.

Cada legislación foral o autonómica establece el orden a suceder, y en su defecto será el Código Civil el que lo establecerá siguiendo este orden.

  • 1. Si hay hijos, éstos se repartirán la herencia por partes iguales.
  • 2. Si hay cónyuge con hijos, le corresponde el usufructo de un tercio de la herencia.
  • 3. Si no hay hijos, les corresponde a los padres por partes iguales.
  • 4. Si no hay hijos ni padres, corresponde a los abuelos y al cónyuge el usufructo de la mitad de la herencia.
  • 5. Si no hay hijos, padres ni abuelos, corresponde al cónyuge.
  • 6. Si no hay ninguno de los anteriores heredarán los hermanos, hijos de estos, tíos, primos, etcétera. Es decir, hermanos y familiares hasta el cuarto grado de parentesco.
  • 7. Si no tiene ninguno de los parientes citados, heredará el Estado.

Definición de intestado

La sucesión intestada o abintestato (sin testamento en latín) es la sucesión hereditaria que tiene lugar en caso de inexistencia o invalidez del testamento. En caso de darse esta situación los herederos serán los establecidos por ley y se denominarán herederos legales. A diferencia de estos, los herederos voluntarios serán aquellas personas nombradas expresamente en el testamento del fallecido.

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